Una traducción jurada, también llamada traducción pública, legal, oficial o certificada, de un documento está avalada con firma y sello por un Traductor Jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAE) para realizar traducciones de documentos oficiales. Estas traducciones tienen carácter oficial ante las autoridades.

¿QUIÉN ES UN TRADUCTOR JURADO?

El Traductor Jurado está habilitado por el Ministerio para realizar traducciones oficiales. Los traductores e intérpretes acreditados reciben distintos nombres, según el país. Por ejemplo, en España, en lo que concierne al español, la denominación oficial es traductor-intérprete jurado, aunque es común denominarle traductor jurado.

El nombramiento de un intérprete jurado está registrado en la Oficina de Interpretación de Lenguas de Madrid y en la Delegación del Gobierno Civil de la provincia donde ejerza.  El traductor asume la responsabilidad de la traducción con su firma y su sello reconocidos.

Una traducción jurada se distingue de la traducción normal en cuanto está firmada y sellada por un traductor jurado y tiene carácter oficial ante las autoridades. Además las traducciones juradas sólo se pueden suministrar en papel, debido al hecho de que llevan sello y firma del traductor. Sin embargo, los documentos originales se pueden transmitir por cualquier medio (correo electrónico, fax, etc). Aunque es posible que la traducción jurada se realice en papel timbrado, el uso de éste no está requerido por el Ministerio y hoy en día se encuentra en desuso. Adicionalmente puede ir acompañada de documentos adicionales, tales como la Apostilla de La Haya.

Toda traducción jurada debe llevar una Certificación cuya firma y sello han sido registrados por el Ministerio a través de la Delegación del Gobierno Civil de la Provincia en donde trabaja.

FORMATO DE UNA TRADUCCIÓN JURADA

La traducción jurada deberá contener la firma y sello del traductor jurado:

  • Firma: Don / Doña (nombre y apellidos), Intérprete Jurado de (idioma), certifica que la que antecede es traducción fiel y completa al (lengua de destino) de un documento redactado en (lengua de origen). En (lugar), a (fecha).
  • Sello: Nombre, la leyenda “intérprete jurado de…” o “traductor-intérprete jurado de…” seguida del idioma para el que se obtuvo el nombramiento, dirección, teléfono y, en su caso, fax.

¿CUÁNDO SE DEBE HACER UNA TRADUCCIÓN JURADA?

Los documentos escritos en lengua extranjera presentados ante Organismos Oficiales (la administración, una universidad, un juzgado, un notario, etc.) se suelen acompañar de una Traducción Jurada exacta del texto original. Para esto se requiere la figura del traductor jurado.

Por otro lado, la traducción jurada se puede utilizar para garantizar la veracidad de la información traducida, ya que el traductor jurado asume la responsabilidad de la traducción con su firma y su sello.

¿QUÉ DOCUMENTOS SUELE TRADUCIR EL TRADUCTOR JURADO?

Existen múltiples organismos que requieren una traducción jurada acompañando documentos en un idioma extranjero. Por ejemplo, a la hora de convalidar un título universitario extranjero en el Ministerio de Educación se requiere su traducción jurada. Otro caso en el que se requieren traducciones juradas es a la hora de estudiar en el extranjero, dónde es necesario presentar el expediente académico debidamente certificado por un traductor jurado. En el caso de un matrimonio en el extranjero suele ser necesaria la traducción jurada del certificado de nacimiento del cónyuge extranjero. En el mundo empresarial existen diferentes casos en los cuales es necesaria una traducción jurada, por ejemplo, cuando una empresa tiene relaciones comerciales en el extranjero suele necesitar traducciones juradas de escritura de constitución, estatutos y otros documentos internos.

 

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